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Juez constitucional ordena a la Empresa Metropolitana de Aseo (EMAS), mediante sentencia de tutela (crearle hipervínculo), permitir la instalación de cartelera sindical y abstenerse de restringir derechos sindicales respecto a la posibilidad de repartir volantes y propaganda alusiva a la actividad sindical de SINTRAUNICO al interior de la Empresa

En el marco del conflicto colectivo suscitado entre SINTRAUNICO y EMAS, este sindicato ha solicitado en reiteradas ocasiones el acceso a las instalaciones de la empresa para realizar actividades de difusión del mismo y del proceso de negociación que actualmente se surte, así como la instalación de una cartelera para fijar información relacionada con el accionar sindical. La Empresa siempre se ha negado a dichas solicitudes, alegando, principalmente, que su normatividad interna prohíbe todo tipo de información distinta a la corporativa, específicamente de proselitismo político y religioso. Así las cosas, el sindicato instauró una acción de tutela, por considerar vulnerado el derecho a la libertad de expresión y el derecho de asociación sindical.

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Es una decisión muy importante que permitirá al sindicato tener plenas garantías para expresar sus ideas libremente y buscar el crecimiento organizativo entre los trabajadores, permite la democratización y el equilibrio de la información en el marco de las relaciones laborales. Esta acción jurídica es gestionada por el equipo sociojurídico de la Corporación Jorge Luís Ortega García.

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